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San Fernando del Valle de Catamarca

La Justicia le prohibió a Ángela Leiva cantar sus principales hits en los shows

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Para el público que saca una entrada para ver a Ángela Leiva, resulta prácticamente imposible imaginar un show sin Amiga Traidora. El tema no solo es un himno de la cumbia argentina, sino la carta de presentación con la que la artista construyó su popularidad.

Sin embargo, un complejo y casi inédito conflicto en la Justicia acaba de ponerle un freno de mano a su repertorio: por orden judicial, la cantante no podrá interpretar en vivo ni ese clásico ni otros dos de sus grandes hits, Llamadas extrañas y No podrás.

La medida cautelar, ratificada por la Cámara Civil, se originó tras el reclamo de Silvia, viuda de Percovich, el autor original de las canciones. La demandante exige la regularización del cobro de derechos de autor tanto en el ámbito de las presentaciones en vivo a través de SADAIC como en las plataformas digitales, donde los temas generan cifras desorbitantes.

Los pormenores de la demanda

El conflicto dio un giro dramático tras conocerse la palabra de Silvia, quien explicó las razones que la llevaron a recurrir a la Justicia tras años de silencio y desatención.

“Llegué a esta instancia después de pedir en SADAIC que la señora normalice la liquidación de los temas de mi marido, tras un ninguneo terrible de su parte”, reveló la viuda en un audio revelador. Según explicó, la artista incurrió durante años en una práctica irregular a la hora de confeccionar las planillas de los recitales: “En vez de poner los temas de mi marido, ponía temas de ella que ni siquiera cantaba. Durante muchos años no pagó las regalías a los autores”.

Pero el reclamo no pasa únicamente por lo económico, pese a que en el ambiente se calcula que el catálogo digital de la cantante genera más de 150 mil dólares mensuales entre plataformas como Spotify y YouTube, sino por la autoría y el reconocimiento moral de las obras.

Silvia denunció haber sufrido “violencia económica” debido a maniobras habituales en la industria de la música, donde se imponen supuestos “derechos de piso” para que una canción llegue a grabarse. “El tema lo escribió y le hizo la melodía mi marido. Lo único que se le hicieron fueron arreglos. Cómo llegaron a estar otros autores inscriptos en esa canción es porque era un ‘derecho de piso’: o aceptabas que figuraran otros o el tema no salía”, lanzó contundente. Y agregó: “Cuando él murió le juré que esto no iba a quedar así. No lo hago por plata, lo hago por su nombre y por el respeto a su memoria”.

En el circuito musical, la prohibición de interpretar una canción en vivo es una herramienta legal que muy pocas veces prospera de esta manera. Por lo general, cuando un artista se presenta en un recinto, SADAIC descuenta automáticamente un porcentaje de la recaudación bruta de las entradas para repartirlo entre los autores registrados. Sin embargo, en este caso la Justicia consideró acreditados los elementos para dictar una abstención directa.

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