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Reglamentaron este jueves el régimen para regularizar empleados no registrados

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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) reglamentó este jueves el Régimen de Promoción del Empleo Registrado (PER), creado por la Ley 27.802 de Modernización Laboral, con el objetivo de facilitar la regularización de trabajadores no registrados o deficientemente registrados en el sector privado. La medida fue oficializada mediante la Resolución General 5862/2026 publicada este jueves en el Boletín Oficial.

La normativa alcanza a relaciones laborales iniciadas hasta el 5 de marzo de 2026 y que permanezcan vigentes al momento de la adhesión. También podrán incluirse situaciones detectadas en inspecciones laborales que aún no hayan sido canceladas, incluso si se encuentran en discusión administrativa o judicial.

Según la resolución, los empleadores tendrán tiempo hasta el 28 de noviembre de 2026 para registrar trabajadores no declarados, corregir fechas de ingreso o rectificar remuneraciones informadas por debajo de las efectivamente abonadas.

Condonación de deuda y beneficios

Uno de los principales incentivos del régimen es la condonación parcial de las deudas por aportes y contribuciones a la seguridad social. Para micro y pequeñas empresas y entidades sin fines de lucro, el beneficio alcanzará el 90% de la deuda; para medianas empresas será del 80%; y para el resto de los empleadores, del 70%.

Además, la regularización implicará la condonación total de las deudas vinculadas al Seguro de Salud, Riesgos del Trabajo y Seguro Colectivo de Vida Obligatorio respecto de los trabajadores incorporados al régimen.

La deuda que no resulte condonada podrá cancelarse al contado, con una reducción adicional del 50%, o mediante planes de facilidades de pago.

Planes de pago

ARCA estableció distintas condiciones según el tamaño de la empresa. Las micro y pequeñas empresas y entidades sin fines de lucro podrán financiar la deuda en hasta 72 cuotas con un anticipo del 3%; las medianas empresas en hasta 48 cuotas con un pago a cuenta del 4%; y los demás empleadores en hasta 36 cuotas con un anticipo del 5%.

Las cuotas serán mensuales, consecutivas y tendrán una tasa de financiación del 1% mensual. El monto mínimo tanto para el anticipo como para cada cuota será de 50.000 pesos.

La resolución entró en vigencia con su publicación en el Boletín Oficial, aunque los sistemas informáticos para realizar los trámites estarán disponibles desde el 16 de junio.

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