El juez de Control de Garantías N.º 3, Lucas Vaccaroni, no hizo lugar al pedido de confirmación de detención formulado por el Ministerio Público Fiscal y ordenó la libertad bajo caución juratoria de Rodrigo Alejandro Herrera y Franco Matías Yramay, imputados por el delito de “robo simple en calidad de coautores”.
La medida quedó condicionada a que no existan otros pedidos de detención vigentes contra los imputados y al cumplimiento de una serie de restricciones. La audiencia se realizó con la intervención del fiscal de Instrucción N.º 6 del Distrito Oeste, Facundo Barros Jorrat, a cargo de la investigación del hecho, la defensa oficial Miguel Nieva quien representa a los dos imputados.
Durante la audiencia, el fiscal describió el hecho y los elementos probatorios incorporados a la causa. Sostuvo que existían riesgos procesales y peligro de entorpecimiento de la investigación, debido a que aún restaban recuperar elementos sustraídos. También informó que ambos imputados registraban suspensiones de juicio a prueba anteriores. Sobre esa base, solicitó que se confirmaran las detenciones.
La defensa se opuso al planteo del Ministerio Público Fiscal y solicitó la libertad de sus asistidos. Cuestionó los elementos probatorios, sostuvo que no existían riesgos procesales y afirmó que ya se habían cumplido los actos necesarios para la investigación. Subsidiariamente, pidió que se dispusieran medidas restrictivas menos gravosas.
Al ser consultados, Herrera y Yramay manifestaron su conformidad con lo expresado por su abogado. Tras escuchar a las partes, el juez Vaccaroni no hizo lugar al pedido del Ministerio Público Fiscal y ordenó la inmediata libertad de los imputados, previa constatación médica y cumplimiento de los trámites legales.
Además, les impuso las siguientes obligaciones y restricciones:
● Fijar domicilio y proporcionar un número de teléfono celular.
● Presentarse todos los lunes, de 8:30 a 12:30, en la Fiscalía de Instrucción N° 6. Si el día fuera inhábil, deberán hacerlo el primer día hábil siguiente.
● Cumplir una prohibición absoluta de acercamiento a la víctima, a su grupo familiar y a su domicilio.
El incumplimiento de cualquiera de estas medidas podrá dar lugar a que el Ministerio Público Fiscal solicite la revocación de la libertad.
Según la imputación, el 10 de agosto de 2026, alrededor de las 7:50, Herrera y Yramay se desplazaban en una motocicleta de 110 cilindradas por la calle Gobernador Aramburu, entre Coronel Vildoza y Pedro Cano.
En esas circunstancias, Yramay habría detenido la motocicleta y Herrera habría descendido para intentar arrebatarle la cartera a una mujer. Tras un forcejeo, el imputado la habría arrojado violentamente al suelo y se habría apoderado de la cartera, que contenía una computadora portátil, un teléfono celular, documentación y otros efectos personales.
Luego, Herrera habría subido nuevamente a la motocicleta conducida por Yramay y ambos se habrían dado a la fuga.








