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La Justicia volvió a frenar la transformación del Banco Nación en sociedad anónima

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La Cámara Federal de Apelaciones de La Plata confirmó la prórroga de la medida cautelar que impide avanzar con la transformación del Banco Nación en una sociedad anónima. La decisión mantiene suspendidos los efectos del decreto 116/2025 mientras la Justicia analiza la cuestión de fondo.

La Sala III rechazó los recursos presentados por el Estado Nacional y el Banco de la Nación Argentina contra la resolución dictada el 10 de marzo por el juez federal Alejo Ramos Padilla. El magistrado había extendido durante seis meses la cautelar otorgada originalmente el 13 de marzo de 2025.

El fallo fue firmado por los camaristas Carlos Vallefín, Emilio Faggi y Roberto Lemos Arias. Además de desestimar las apelaciones, el tribunal impuso las costas del incidente judicial al Estado y a la entidad bancaria.

Qué cuestionaron el Gobierno y el Banco Nación

El Estado Nacional y el Banco Nación sostuvieron que la legislación solamente permitía extender una vez la vigencia de la medida cautelar. También cuestionaron la fundamentación de la resolución, denunciaron demoras en el expediente y señalaron que la suspensión afectaba una política destinada a modernizar la institución.

Los camaristas rechazaron esos argumentos al considerar que la ley 26.854 no prohíbe expresamente conceder más de una prórroga. También citaron antecedentes judiciales que admiten sucesivas extensiones cuando resultan necesarias para conservar el objetivo de la protección provisoria.

La Cámara consideró que no se modificaron sustancialmente las circunstancias que habían justificado la cautelar original. Tampoco observó una demora irrazonable en la tramitación de la causa ni una conducta negligente de quienes impulsaron la demanda.

El tribunal aclaró, además, que una apelación contra la prórroga no habilita a discutir nuevamente todos los requisitos analizados al otorgarse la cautelar. Las demandadas podrían solicitar su revisión por otra vía si demuestran que hubo un cambio concreto en las circunstancias del caso.

El decreto que permanece suspendido

El conflicto se profundizó con la publicación del decreto 116/2025, mediante el cual el Poder Ejecutivo dispuso transformar al Banco Nación, actualmente constituido como entidad autárquica, en una sociedad anónima.

La norma instruyó al directorio a adoptar las medidas necesarias para concretar la modificación jurídica y avanzar con su inscripción. Sin embargo, la Justicia suspendió su aplicación ante el planteo de que un cambio de esa naturaleza debería ser autorizado mediante una ley del Congreso.

La demanda fue promovida por un grupo de trabajadores representados por el abogado Jerónimo Guerrero Iraola y contó también con la participación de la Asociación Bancaria. El expediente tramita ante el Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo Nº2 de La Plata.

En marzo de 2025, Ramos Padilla sostuvo de manera cautelar que el Poder Ejecutivo podría haber excedido las facultades delegadas por el Congreso. El magistrado también tuvo en cuenta que el Banco Nación había quedado excluido de la nómina de empresas estatales sujetas a privatización durante el tratamiento de la Ley Bases.

Qué implica la decisión de la Cámara

La resolución no define todavía si el decreto es constitucional ni resuelve definitivamente la situación jurídica de la entidad. Su efecto inmediato consiste en mantener suspendida la transformación mientras avanza el expediente principal.

Por lo tanto, el banco continuará funcionando bajo su actual condición jurídica y el Gobierno no podrá ejecutar las medidas vinculadas con su conversión en sociedad anónima durante la vigencia de la cautelar.

La discusión de fondo deberá determinar si el Poder Ejecutivo tiene facultades para modificar la estructura jurídica del banco mediante un decreto o si ese cambio requiere necesariamente una ley formal aprobada por el Congreso.

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