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El Gobierno Nacional impulsa una nueva Ley de Discapacidad con reempadronamiento obligatorio y eliminación de beneficios

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El Poder Ejecutivo remitió al Congreso un proyecto de ley para modificar la legislación de discapacidad. Esta iniciativa exige el reempadronamiento de beneficiarios, restringe el acceso a la ayuda estatal y propone cambios en el financiamiento, lo que genera incertidumbre en miles de personas con invalidez.

El gobierno nacional envió al Congreso de la Nación un proyecto de ley para modificar sustancialmente la Ley de Emergencia en Discapacidad, la cual no aplica, a pesar de que la Justicia así lo dictaminó. En medio de la crisis política que generó el supuesto pago de coimas, que investigan, y que llevó a la eliminación de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), el Senado recibió el texto que lleva como nombre “Contra el Fraude de Pensiones por Invalidez”. Este documento propone modificaciones sustanciales a la legislación vigente y plantea nuevas restricciones para los potenciales beneficiarios, así redefine los criterios para acceder a la ayuda estatal.

El eje principal del proyecto busca derogar los artículos 5, 8, 9, 14 y 20 de la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad N° 27.793. Según el texto oficial, la iniciativa, de aprobarse, exigirá un reempadronamiento obligatorio para todos los titulares de pensiones por invalidez. Ellos deberán acreditar nuevamente su condición médica, situación socioeconómica y antecedentes laborales. El proyecto advierte sobre las consecuencias de no cumplir con esta obligación:

“Aquellos que no lo hagan sufrirán una suspensión automática de la pensión y la pérdida del beneficio”, precisó el documento. Además, la propuesta establece un proceso de fiscalización de los pedidos de pensión. Este incluirá el cruce de información entre la ANSES, ARCA, SINTyS y otros organismos públicos. Ante cualquier inconsistencia o incompatibilidad detectada en el pedido de ayuda estatal, el nuevo sistema permite suspender la pensión de manera “preventiva”.

Restricciones en el trabajo

El nuevo sistema fija el monto de la pensión no contributiva en el 70% del haber mínimo jubilatorio. Sin embargo, elimina la posibilidad de que el Ejecutivo otorgue aumentos en concepto de invalidez laboral y de zona geográfica desfavorable. Respecto al mundo laboral, la iniciativa establece una “incompatibilidad absoluta” con cualquier empleo formal o inscripción en regímenes laborales. Si se aprueba, la norma eliminará la posibilidad de que una persona con discapacidad acceda a un trabajo registrado y mantenga el beneficio, lo que endurece una de las condiciones actuales.

“Elimina la posibilidad de que una persona con discapacidad acceda a un trabajo registrado y mantenga el beneficio, endureciendo una de las condiciones”, indicó el texto. Por otra parte, el proyecto también apunta a los beneficios que otorgaban a las organizaciones a la hora de contratar personas con discapacidad, ya que suprime uno de los incisos que hacía referencia a los programas de inclusión y a la promoción de programas de reconocimiento de empresas.

Nuevo esquema de fondos

Otro punto que el proyecto también suprime es el piso mínimo de calidad en las prestaciones con aranceles homogéneos, pues introduce cambios en el financiamiento y la organización del sistema. La propuesta autoriza convenios entre la Nación, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para la administración y distribución de fondos. De esta manera, elimina virtualmente el nomenclador y desregula la negociación por obra social o prepaga.

La comparación con la legislación vigente arroja diferencias de fondo, ya que el proyecto retrotrae todo a un estado anterior al de la emergencia. La normativa actual, modificada en los últimos años, amplió el universo de beneficiarios con base en un criterio más amplio de discapacidad y no exclusivamente en la invalidez laboral. El nuevo proyecto retoma la definición material de la prestación, delimita el alcance y refuerza los controles sobre la acreditación de la incapacidad. La iniciativa oficial contempla que:

“El incumplimiento de los plazos y requisitos del reempadronamiento dará lugar a la suspensión y posterior baja del beneficio”, aclaró el documento. El ingreso de la norma por el Senado de la Nación se debe a que en la Casa Rosada entienden que la conformación de un número mayoritario es más simple que en Diputados. Ante este contexto, es de esperar una fuerte tensión en los bloques “socios” del oficialismo que durante el año pasado votaron a favor de la emergencia.

Otro punto en debate es el de la actualización del valor de las prestaciones y pensiones. El proyecto ata las pensiones a la evolución del haber mínimo jubilatorio. En el caso de los aranceles de las prestaciones, se ajustan trimestralmente o por IPC en caso de demoras, y se incorpora una compensación de emergencia vinculada también al IPC para prestadores.

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