Este lunes, 26 de octubre, Diego Zerda (34) fue condenado por los delitos de instigación al suicidio en perjuicio de Karla Robles (27) en concurso real con amenazas simples hacia el hermano de la víctima. Si bien la jueza, Fanny Siriani, tuvo en cuenta la teoría del caso planteada por la Unidad Especializada de Homicidios I del Ministerio Fiscal, dirigida por Pedro Gallo, la pena fue de cuatro años y seis meses de cumplimiento efectivo pese al pedido de la Fiscalía de seis años.
“No podemos invisibilizar el sometimiento y la vulnerabilidad que tenía Karla cuando se quitó la vida que tiene obviamente una vinculación directa con el contexto de violencia de género. Karla se quita la vida sumida en una absoluta vulnerabilidad que era conocida y aprovechada por Diego Zerda, quien la manipulaba y dominaba esto es importante para entender la capacidad y el poder de persuasión que tuvo Zerda esa noche sobre Karla y de la cual se sirvió para cometer el hecho (el 24 de octubre de 2025)”, sostuvo el viernes pasado Gallo en su alegato de cierre.
A lo largo del debate, el Fiscal estuvo acompañado por las investigadoras Carolina Brito Ledesma y Paula Ponce. En sus fundamentos, la jueza dijo que el dolo estaba acreditado como también el nexo causal. “Sabía que podía sugestionarla con amenazas de brujerías y alejarla del círculo de contención”, expresó. Para la magistrada también quedó acreditado el segundo hecho.
“Coartó la libertad de la familia”, al referirse al audio enviado al hermano de Karla. Sobre los atenuantes tuvo en cuenta el consumo problemático que padece. Hasta tanto quede firme la condena, Gallo solicitó la prisión preventiva por cuatro meses.
Entre las pruebas exhibidas durante el juicio fueron claves los informes de los peritos de Informática Forense del Equipo Científico Investigaciones Fiscales (ECIF) al igual que los testimonios de las amigas de la víctima (quienes aportaron las capturas que Zerda quiso borrar al formatear su celular).
La teoría del caso
Según la acusación, desde el 2022, Zerda ejerció violencia física y psicológica en contra de Robles, con quien mantuvo una relación de pareja durante cinco años aproximadamente, manifestándole en distintas oportunidades palabras hirientes y amenazas.
Con este accionar sistemático, el acusado convenció y persuadió intencionalmente a que la joven se quite la vida. En razón de ello, el 24 de octubre del 2025, a las 03:20 horas aproximadamente, en circunstancias en que la mujer se encontraba en una habitación trasera de su domicilio, se ahorcó con una soga desde la estructura de la ventana de su dormitorio, falleciendo por asfixia mecánica por ahorcadura.
Ese mismo día, a las 04:17 de la madrugada (a pocos minutos del deceso de quien era su pareja), el imputado envió vía WhatsApp un audio a la línea perteneciente al hermano de Robles con la intención de amedrentarlo y amenazarlo de muerte.








