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Catamarca promulgó la ley para impulsar el desarrollo y la aplicación de la tecnología blockchain 

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El Gobierno de la Provincia de Catamarca promulgó la Ley Provincial N.º 5923, que crea el Programa de Fomento de la Investigación, Estudio y Desarrollo para la Aplicación Práctica de la Tecnología Blockchain en los sectores público y privado de la provincia.

La norma, cuyo proyecto fue impulsado y presentado por el entonces diputado provincial Gustavo Aguirre, fue sancionada por la Legislatura Provincial y promulgada por el Poder Ejecutivo, con el objetivo de promover el estudio, la investigación y la implementación concreta de la tecnología blockchain, posicionando a Catamarca a la vanguardia de este tipo de legislación que promueven la innovación tecnológica, modernización del Estado y desarrollo productivo.

La ley define a la tecnología blockchain como una base de datos distribuida, protegida criptográficamente y organizada en bloques de registros relacionados entre sí mediante un protocolo común,  que permite registrar información de manera segura, transparente, trazable y confiable, pudiendo adoptar modalidades públicas, privadas o híbridas. En ese marco, el programa creado busca fortalecer la seguridad jurídica, la protección de los datos, la eficiencia administrativa y la transparencia institucional.

Entre sus principales objetivos, la Ley N.º 5923 promueve:

  • La formación de recursos humanos calificados en tecnologías blockchain.
  • La modernización y transformación digital del Estado.
  • La aplicación de blockchain en registros públicos y privados, contrataciones del Estado, sistemas de control, salud, educación, justicia, procesos electorales, minería, energía, servicios públicos y economía digital.
  • El impulso a proyectos vinculados a contratos inteligentes, Web 3 aplicaciones descentralizadas, finanzas descentralizadas, tokens, NFTs y organizaciones autónomas descentralizadas.
  • La posibilidad de financiar proyectos y emprendimientos tecnológicos, con participación de capital público y privado, incluso de origen nacional o internacional.
  • El desarrollo de infraestructura tecnológica y condiciones económicas para su implementación.

Asimismo, la ley contempla el aprovechamiento económico de los desarrollos tecnológicos que se generen en el marco del programa, así como la cooperación con otros organismos, emprendedores, académicos y organizaciones de la sociedad civil.

El Poder Ejecutivo Provincial deberá designar la Autoridad de Aplicación y reglamentar la norma dentro del plazo de 120 días desde su publicación oficial.

Con esta iniciativa, Catamarca avanza en la construcción de una agenda estratégica de innovación y transformación digital, sentando las bases normativas para el desarrollo de la economía del conocimiento, el fortalecimiento institucional y la adopción responsable de nuevas tecnologías con impacto real en el sector público y privado de la provincia.

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