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Aumento de la prestación por desempleo de ANSES: cuánto se cobrará desde septiembre

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La prestación por desempleo de Anses aumentó desde septiembre de 2026 como consecuencia de la actualización del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM). El beneficio tendrá un monto mínimo de $191.900 y un máximo de $383.800.

Los nuevos límites fueron establecidos mediante la Resolución 4/2026 del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil. La normativa fue publicada el miércoles 2 de septiembre en el Boletín Oficial.

El valor que recibirá cada beneficiario no será necesariamente igual al tope. La prestación equivaldrá al 75% del importe neto de la mejor remuneración mensual, normal y habitual cobrada durante los seis meses anteriores a la finalización de la relación laboral.

Cuánto pagará Anses por desempleo

La normativa determinó que el beneficio no podrá ser inferior al 50% del Salario Mínimo, Vital y Móvil vigente ni superar el 100% de ese indicador.

Como el salario mínimo fue fijado en $383.800 desde el 1º de septiembre, la prestación por desempleo tendrá los siguientes límites:

Monto mínimo: $191.900.

Monto máximo: $383.800.

De esta manera, quienes hayan tenido salarios más elevados podrán acercarse al techo establecido, mientras que aquellos cuyo cálculo resulte menor tendrán garantizado el piso mensual.

La actualización reemplazó los importes vigentes durante agosto, cuando el beneficio oscilaba entre $188.300 y $376.600.

Quiénes pueden solicitar la prestación

La asistencia está dirigida a trabajadores comprendidos en la Ley de Contrato de Trabajo que quedaron desempleados por causas ajenas a su voluntad, como un despido sin causa, la finalización de un contrato o el cierre de la empresa.

También existen regímenes específicos para trabajadores eventuales, de temporada y de la construcción. En cada caso, Anses evalúa los aportes registrados antes de aprobar la solicitud.

Los trabajadores permanentes deben acreditar al menos seis meses de aportes durante los tres años anteriores al despido o finalización del contrato.

En el caso del personal eventual o de temporada, se exige haber trabajado al menos 90 días durante el último año. Los trabajadores de la construcción, en tanto, deben reunir ocho meses de aportes en los dos años previos a la finalización de la obra.

El plazo para iniciar el trámite

La solicitud debe presentarse dentro de los 90 días hábiles posteriores a la finalización de la relación laboral. Por cada día hábil transcurrido después de ese plazo, se descontará una jornada de prestación.

El trámite puede comenzarse de manera virtual mediante el servicio Atención Virtual, con CUIL y Clave de la Seguridad Social. También es posible efectuarlo presencialmente en una oficina de Anses con turno previo.

La persona solicitante deberá presentar su DNI y la documentación que acredite el desempleo, que puede variar de acuerdo con el motivo por el cual terminó la relación laboral.

La cantidad de cuotas dependerá de los aportes realizados y de la antigüedad laboral registrada. Durante el período de cobro, el beneficiario conservará las asignaciones familiares y la cobertura de su obra social.

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