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Abuso sexual en Catamarca: la Corte de Justicia rechazó un recurso de casación y destruyó a la defensa

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Un fallo por abuso sexual en Catamarca dejó al descubierto graves falencias profesionales y ordenó devolver el expediente para que el condenado pueda designar un nuevo abogado y ejercer plenamente su derecho a defensa.

La Sala Penal de la Corte de Justicia de Catamarca rechazó un recurso de casación interpuesto contra una condena por abuso sexual, al advertir que la presentación defensiva no cumplía con los requisitos mínimos exigidos por la ley procesal y evidenciaba una defensa técnica ineficaz.

El fallo, de fuerte contenido crítico, declaró inadmisible el recurso presentado por la abogada defensora del acusado, condenado en julio de 2025 a tres años y dos meses de prisión efectiva por el delito de abuso sexual sin acceso carnal calificado, cometido en perjuicio de una menor de 13 años, valiéndose de una situación de guarda preexistente, además de otro hecho de abuso sexual sin acceso carnal, en concurso real.
El pronunciamiento fue elaborado por el ministro Hernán Martel, con la adhesión de las ministras Verónica Saldaño y Fernanda Rosales Andreotti, esta última con voto propio.

Un recurso “confuso, incoherente y sin técnica”

En su resolución, la Corte fue categórica al señalar que el recurso no cumplía estructuralmente con lo establecido por el artículo 460 del Código Procesal Penal, ya que no individualizaba de manera clara y separada los agravios ni desarrollaba fundamentos jurídicos concretos que permitieran habilitar la instancia de casación.

“El planteo carece de coherencia interna, evidencia una confusión conceptual y no alcanza la debida autosuficiencia recursiva”, remarcó la Sala Penal, al tiempo que subrayó que la defensa se limitó a expresar una mera disconformidad con el razonamiento judicial, sin articular una crítica técnica adecuada.
Según el fallo, la defensora invocó supuestas vulneraciones a principios constitucionales de manera superficial, sin un análisis crítico ni una vinculación concreta con los argumentos del tribunal de juicio. Incluso, los ministros cuestionaron duramente las citas jurisprudenciales incorporadas, calificándolas como “imposibles de localizar” y alejadas de los estándares fijados por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

La condena y el intento de modificar la pena

El condenado había sido hallado culpable por mayoría por la Cámara de Sentencia en lo Criminal de Segunda Nominación. La defensa, al presentar la casación, solicitó que se adecuara la pena al voto minoritario del tribunal, que había propuesto tres años de prisión en suspenso en lugar de prisión efectiva.
Sin embargo, la Corte advirtió que el recurso no cuestionó debidamente los fundamentos del fallo condenatorio, ni explicó de manera razonada por qué la decisión del tribunal inferior sería errónea en la valoración de la prueba o en la individualización de la pena.

Devolución del expediente y nueva defensa

Más allá del rechazo, la ministra Fernanda Rosales Andreotti puso especial énfasis en las consecuencias que la inadmisibilidad del recurso genera sobre los derechos del condenado, cuya voluntad de recurrir había quedado manifiesta.
En ese sentido, propuso anular la resolución de concesión del recurso dictada por la Cámara Criminal y devolver el expediente para que el imputado sea notificado personalmente y pueda, en un plazo de tres días, designar una nueva defensa técnica, bajo apercibimiento de intervenir la Defensa Pública Oficial.

“Resulta necesario garantizar una defensa eficaz”

En su voto, Rosales Andreotti fue tajante al remarcar que el Estado tiene la obligación de garantizar una defensa técnica eficiente y diligente. “La defensa ineficaz deviene palmaria, al haberse omitido individualizar y demostrar razonablemente los errores atribuidos al tribunal de juicio”, sostuvo.

Finalmente, la ministra enfatizó que resulta indispensable brindar al imputado una nueva oportunidad de ejercer su derecho de defensa en condiciones de igualdad, con un abogado que actúe con la técnica y el rigor que exige una instancia extraordinaria como la casación.

El fallo, por su dureza y claridad, no solo dejó firme el rechazo del recurso, sino que expuso con crudeza las consecuencias de una defensa deficiente en un proceso penal de extrema gravedad.

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