domingo, junio 21, 2026
9.9 C
San Fernando del Valle de Catamarca

Por qué se debe pagar por el cuidado de los hijos incluso cuando lo hace un familiar, según una abogada

+ Leído

La abogada Florencia Collinet analizó un reciente fallo de Trelew que reconoce el valor económico del cuidado personal de los nietos, basado en el artículo 660 del Código Civil. También abordó otros casos como los gastos de una fiesta de 15 y la obligación de los padres ante actividades extracurriculares de sus hijos.

El cuidado que los abuelos brindan a sus nietos, más allá del afecto, tiene un valor económico que la Justicia comienza a reconocer. Así lo explicó Florencia Collinet, abogada especialista en derecho de familia (MP 4187), a partir de un fallo reciente de Trelew, Chubut, que aplica el artículo 660 del Código Civil. En diálogo con el programa de streaming Día Siete, transmitido por Misiones Online, Collinet también analizó otros casos vinculados a los gastos de crianza, las fiestas de 15 y las actividades extracurriculares, y destaca la importancia de probar ingresos en los reclamos judiciales.

El valor económico del cuidado de los nietos

La abogada comenzó destacando que el cuidado personal de los menores, en particular el que brindan los abuelos, no está adecuadamente valorado en términos económicos. “Muchos años nuestras madres, nuestras abuelas cuidaron de sus hijos y eso tiene un valor, se traduce en un valor económico porque las mujeres se relegaron, dejaron de estudiar, de trabajar, de realizarse propiamente para poder cuidar a otra persona”, dijo.

En ese contexto, Collinet se refirió a un fallo reciente de una jueza de Trelew, Chubut, que aborda precisamente esta cuestión. “Es una pareja que cotidianamente dejaban en la casa de una abuela a su hijo para poder trabajar y realizarse los dos, y aportar económicamente también. Ellos abonaban a la mamá, sería la abuela materna, un canon para el cuidado de sus hijos. Esta pareja se separa y en los alimentos la madre solicita que se siga abonando por parte de los dos”, explicó.

El padre se opuso argumentando que la abuela debía hacerlo ‘por amor’. Sin embargo, la jueza consideró que el cuidado no puede cuantificarse solo con amor. “Si esta persona no estuviera cuidando de sus hijos, ustedes tendrían que contratar una niñera o llevarlos a una guardería, por lo cual se traduciría también en un aporte económico”, afirmó la abogada, citando el razonamiento judicial.

Collinet destacó que el fallo se basa en el artículo 660 del Código Civil, que establece que el cuidado personal cotidiano tiene un valor económico. La jueza impuso a ambos padres que sigan pagando a la abuela lo que costaría una niñera o guardería, reconociendo así el derecho de las abuelas a percibir un canon por cuidar a sus nietos mientras los padres trabajan.

Cuidado de adultos mayores y el artículo 660

Además del cuidado de menores, Collinet señaló que el artículo 660 también podría aplicarse al cuidado de personas mayores. “Si tu mamá iniciara una solicitud de solidaridad económica hacia tus hermanos por necesitar pañales, comida, ropa, porque ya está con un gran deterioro que no puede trabajar, entonces tu hermano quizás aparezca y diga, ‘bueno, yo voy a poner $100 mil’, vos también tenés que poner $100 mil”, explicó.

En ese sentido, la abogada afirmó que sí es posible un reclamo económico hacia otros hijos que no se ocupan. “Si lo necesitara, podrían acercarse a la Justicia y solicitar en representación de su madre que necesita para remedios, para kinesiólogos, para todas las necesidades”, dijo. Collinet puso como ejemplo los altos costos médicos que enfrentan muchas personas mayores. “Hace poco contabilicé para una abuela, en un mes tiene $700 mil de gastos que no le cubre la obra social. Entonces, ¿de dónde sacamos $700 mil cuando está cobrando $350 mil de jubilación mínima?”, cuestionó.

Gastos de la fiesta de 15: ¿obligación o gasto extraordinario?

En otro orden, Collinet analizó un caso de Corrientes donde un padre solicitó que la madre se hiciera cargo de la mitad de los gastos de la fiesta de 15 de su hija. “El papá inicia un incidente diciendo que quiere que en gastos extraordinarios la mamá también haga su aporte a la fiesta de 15 años de la nena”, relató. La madre, acompañante terapéutica, no podía afrontar los costos exorbitantes que el padre propuso: un salón de $4 millones y un DJ de casi $1 millón.

La jueza, tras escuchar a la madre, valoró el cuidado que ella brindaba a la menor, que tenía un retraso madurativo. “Ella dice que es acompañante terapéutica, no puede abonar esas sumas exorbitantes. Y la jueza valora nuevamente por este artículo los cuidados que se tienen. Se ve como el papá ejerciendo un poco de violencia psicológica y económica y también vicaria hacia la mamá”, explicó Collinet. La justicia determinó que esos gastos no eran necesarios y aplicó el principio de realidad. “Cuando no se puede, no se puede”, dijo la abogada.

Collinet destacó que ambos casos, aunque diferentes, tienen un punto en común. “Valorar el cuidado que tiene la madre o un padre con un hijo menor y más cuando hay chicos con discapacidad, por sobre todas las cosas”, afirmó.

Actividades extracurriculares y gastos a acordar

Refiriéndose a si un padre puede negarse a pagar múltiples actividades extracurriculares, Collinet explicó que se trata de gastos extras que deben acordarse. “Siempre nosotros los ponemos como gastos extras a acordar. Entonces, ¿qué es importante? ¿Ir a soga cuerda o hacer inglés? Que los padres decidan qué es lo más importante para hacer”, dijo. La abogada recomendó que los padres se pongan de acuerdo en una o dos actividades, considerando también quién lleva y trae al niño, ya que eso implica tiempo y dinero.

Collinet subrayó que estos desacuerdos generan desgaste emocional en los menores. “Quién va a los actos escolares es un gran tema de pelea. Todo siempre hay un pequeño inconveniente y eso va desgastando no solamente a los adultos, sino también tiene un gran desgaste emocional para los menores”, afirmó.

Viaje de egresados y otros gastos no esenciales

En cuanto al viaje de egresados, Collinet aclaró que no es un gasto obligatorio, pero la justicia puede evaluar cada caso. Sin embargo, explicó que un padre puede solicitar judicialmente que el otro pague la mitad, y el juez evaluará los ingresos. “Acá todo es siempre sobre prueba. Si yo digo que vos podés porque trabajás en tal lugar y demuestro tus ingresos, el juez te va a llamar y te va a decir, ‘señor, usted puede o no puede’”, dijo.

La abogada advirtió sobre la importancia de no generar expectativas falsas en los menores. “Escuché un caso donde un papá hoy viajaban y ayer le dijo, ‘no pagué el viaje’. La madre tuvo que salir a pedir préstamos. No generar la expectativa del menor, hablarle con realidad”, recomendó.

spot_img
spot_img
spot_imgspot_img
spot_img
spot_img
Últimas noticias

En Trelew, invitan a un matebingo solidario para financiar viaje a la Fiesta del Poncho

La cantante folclórica trelewense Verónica Castro invitó a la comunidad a participar de un Mate Bingo solidario que se...

Relacionadas

spot_img