El aguinaldo para empleados de comercio será uno de los ingresos más esperados de junio para millones de trabajadores en relación de dependencia, quienes percibirán la primera cuota del Sueldo Anual Complementario (SAC), conocido popularmente como aguinaldo.
Este beneficio se abona dos veces al año, una en junio y otra en diciembre, y representa un ingreso extra que suele destinarse a cubrir gastos, cancelar deudas, realizar compras postergadas o fortalecer el ahorro familiar.
Además de los empleados de comercio, el aguinaldo también alcanza a trabajadores de otros sectores bajo relación de dependencia, así como a jubilados y pensionados, convirtiéndose en una herramienta clave para la economía de numerosos hogares argentinos.
Fechas de cobro del aguinaldo
La Ley de Contrato de Trabajo establece que la primera cuota del SAC debe abonarse antes del 30 de junio. Sin embargo, la normativa contempla un plazo adicional de hasta cuatro días hábiles para concretar el pago.
De esta manera, los empleadores podrán efectuar el depósito hasta el lunes 6 de julio sin incumplir las disposiciones vigentes. La segunda cuota del aguinaldo, correspondiente al segundo semestre del año, deberá acreditarse antes del 18 de diciembre.
En ese caso, la legislación también prevé algunos días hábiles de gracia para completar el pago, aunque el objetivo es que los trabajadores dispongan de esos fondos antes de las fiestas de fin de año.
Cómo se calcula el monto a cobrar
Para determinar cuánto corresponde percibir de aguinaldo, se toma como referencia la remuneración mensual bruta más alta obtenida durante el semestre comprendido entre enero y junio.
Dentro de ese cálculo deben incluirse todos los conceptos remunerativos, como horas extras, feriados trabajados, viáticos remunerativos, premios y comisiones. Una vez identificado el mejor sueldo, el monto se divide por dos.
Por ejemplo, si el salario bruto más alto del semestre fue de $2.000.000, el aguinaldo ascenderá a $1.000.000, publicó Clarín. No obstante, esa cifra corresponde al valor bruto, por lo que posteriormente se aplicarán los descuentos habituales de jubilación, obra social y PAMI para obtener el importe final que se cobrará en mano.
Qué ocurre si no se trabajó todo el semestre
La legislación también contempla a quienes comenzaron a trabajar después de enero o finalizaron su vínculo laboral antes de concluir junio. En esos casos, el derecho a cobrar el aguinaldo se mantiene, aunque el monto se calcula de manera proporcional.
Para determinar el importe correspondiente se debe tomar el mejor sueldo del período trabajado, dividirlo por dos, luego dividir ese resultado por 180 (cantidad de días que se utiliza como referencia para el semestre) y multiplicarlo por los días efectivamente trabajados.
La fórmula utilizada es: (mejor sueldo del semestre ÷ 2) ÷ 180 × días trabajados. De esta manera, quienes no completaron los seis meses también acceden al beneficio, percibiendo una suma acorde al tiempo desempeñado durante el semestre.








