La Sala Penal de la Corte de Justicia de Catamarca resolvió, por mayoría, hacer lugar parcialmente al recurso de casación interpuesto por la defensa de C.S.E. en una causa por abuso sexual que había concluido, en primera instancia, con una condena de cinco años de prisión efectiva. La decisión dejó expuestas diferencias de criterio entre los integrantes del máximo tribunal respecto de la valoración de la prueba, el alcance de la perspectiva de género y la distinción entre violencia laboral y delitos contra la integridad sexual.
El fallo fue dictado con los votos de las ministras Rita Verónica Saldaño y María Fernanda Rosales Andreotti, quienes coincidieron en admitir parcialmente el planteo defensivo, mientras que el ministro Néstor Hernán Martel votó por confirmar íntegramente la sentencia condenatoria emitida por el Juzgado Correccional de 3° Nominación.
En la instancia inicial del proceso, el Juzgado Correccional de 3° Nominación había declarado culpable a C.S.E. como autor de cinco hechos de abuso sexual simple en concurso real, imponiéndole una pena de cinco años de prisión efectiva.
La defensa cuestionó distintos aspectos centrales de esa resolución. Entre los puntos planteados en el recurso de casación, sostuvo que:
- No existían elementos suficientes para sostener la condena.
- La valoración de la prueba había sido incorrecta.
- La calificación legal aplicada debía revisarse.
- Correspondía considerar los hechos como un delito continuado.
- Debía aplicarse una pena menor.
A partir de esos cuestionamientos, la Sala Penal analizó nuevamente los fundamentos de la sentencia, la prueba incorporada al expediente y los criterios utilizados para arribar a la condena.








