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El Ministerio de Seguridad intensificará procedimientos durante la concentración del sector sindical y piqueteros

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El Ministerio de Seguridad de la Nación, a cargo de Alejandra Monteoliva, endurecerá los controles en la marcha piquetera y sindical hasta ahora prevista para el jueves 19 de febrero, fecha en que la Cámara Baja tratará de transformar en ley la reforma laboral que ya tiene media sanción.

Para ese mismo día, la CGT convocó a un paro general al cual se adhirieron los medios de transporte. La principal central de trabajadores, al igual que la mayoría de los movimientos sociales no movilizarán al Congreso. En cambio, sí lo harán las organizaciones de izquierda, los piqueteros, los gremios y sindicatos enrolados en el Frente de Sindicatos Unidos, integrado, entre otros, por la Asociación Trabajadores del Estado (ATE), la Unión Obrera Metalúrgica (UOM), la Federación Aceitera (FTCIODyARA) y la Asociación de Pilotos de Líneas Aéreas (APLA), junto a las dos CTA, que han convocado a una movilización que intentarán que sea numerosa. A estos se suman algunas organizaciones populares, como la Corriente Clasista y Combativa (CCC), liderada por Juan Carlos Alderete.

Según pudo establecer este medio, la cartera de Seguridad elabora medidas para extremar el control de estos manifestantes, luego de los incidentes registrados el miércoles pasado frente al Congreso, durante una marcha contra la Reforma Laboral. Allí, grupos extremos y encapuchados arrojaron bombas molotov sobre los efectivos policiales.

Si bien aún está en estudio, entre las opciones que se barajan se incluyen:

-la revisión de mochilas

-regulación del uso de banderas

-control de los vehículos, como camionetas y micros que transportarán a los activistas

-vallado preventivo en la zona aledaña al Congreso de la Nación y la Casa Rosada.

Desde el Ministerio a cargo de Alejandra Monteoliva, explicaron que los controles buscan “prevenir riesgos y mantener la seguridad” y que se procurará que las acciones no pongan en riesgo la integridad de los manifestantes ni del personal de seguridad.

También recordaron que, según el artículo 138 del Código Procesal Penal Federal y el artículo 6, inciso 13, del Decreto 383/2025 del Poder Ejecutivo Nacional, referente a PFA, la policía solo puede realizar requisas sin orden judicial de personas, efectos personales o vehículos cuando existen circunstancias razonables que permitan presumir la existencia de un delito, no se pueda esperar una orden judicial por riesgo de pérdida de pruebas y la acción se realice en la vía pública o en lugares de acceso público. Requisitos que, para los funcionarios de La Libertad Avanza, se cumplen.

En estos casos, los secuestros deben formalizarse con un acta que detalle los motivos, y la medida debe ser comunicada de inmediato al representante del Ministerio Público Fiscal.

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