El Frente Sindical de las Universidades Nacionales presentó una intimación ante el Ministerio de Capital Humano para exigir el pago de una recomposición salarial que calcula en 33,4% a agosto, la convocatoria inmediata a paritarias y la incorporación de sumas no remunerativas a los básicos. Fijó como plazo el 30 de septiembre.
Las federaciones que integran el Frente Sindical de las Universidades Nacionales intimaron al Gobierno nacional a pagar antes del 30 de septiembre una recomposición salarial del 33,4% que, según sostienen, permanece adeudada a los trabajadores docentes y no docentes. La presentación fue dirigida a la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello, y se fundamentó en la aplicación de la Ley 27.795 de Financiamiento de la Educación Universitaria y Recomposición del Salario Docente.
El documento lleva la representación de la Federación Nacional de Docentes Universitarios (CONADU), la Federación Argentina del Trabajador de las Universidades Nacionales (FATUN), CONADU Histórica, la Federación de Docentes de las Universidades (FEDUN), CTERA, la Asociación Gremial de Docentes de la Universidad Tecnológica Nacional (FAGDUT) y la Unión Docentes Argentinos (UDA).
En la presentación, el Frente Sindical reclamó cuatro medidas centrales: el pago de la recomposición salarial del 33,4% calculada a agosto de 2026, la convocatoria inmediata a la negociación paritaria nacional docente y no docente, que todos los aumentos tengan carácter remunerativo y bonificable y que se complete la incorporación de las sumas no remunerativas a los salarios básicos establecidos en los convenios colectivos.
La intimación se produjo en medio del conflicto por la aplicación de la Ley 27.795. La norma fue sancionada por el Congreso el 21 de agosto de 2025, vetada totalmente por el Poder Ejecutivo y luego ratificada por ambas cámaras con las mayorías requeridas por la Constitución. Finalmente fue publicada en el Boletín Oficial el 21 de octubre de 2025.
La ley establece medidas vinculadas con el financiamiento de las universidades nacionales y contempla disposiciones específicas sobre los salarios docentes y no docentes. Sin embargo, al promulgarla mediante el Decreto 759/2025, el Poder Ejecutivo sostuvo que su ejecución quedaba supeditada a que el Congreso determinara las fuentes de financiamiento e incorporara las partidas presupuestarias necesarias.

El antecedente judicial
Uno de los puntos centrales utilizados por los gremios para fundamentar la intimación es la causa judicial iniciada por el Consejo Interuniversitario Nacional. Según el documento sindical, en ese expediente se dictó una medida cautelar que ordenó al Ejecutivo cumplir con disposiciones de la Ley 27.795 vinculadas con la actualización salarial y las becas universitarias.
El 22 de septiembre, el juez federal Martín Cormick, titular del Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N.º 11, determinó que el Estado no había acreditado el cumplimiento integral de la cautelar y estableció un plazo de cinco días para hacer efectiva la medida, con la posibilidad de aplicar sanciones económicas en caso de persistir el incumplimiento.
En su intimación, las federaciones señalaron que la resolución judicial se suma a la legislación vigente y reclamaron una respuesta inmediata. El escrito sostiene que docentes y no docentes continúan acumulando una pérdida salarial que, de acuerdo con el cálculo presentado por las organizaciones gremiales, alcanzó el 33,4% en agosto de 2026.
Sobre esa base, el Frente Sindical exigió concretamente que el porcentaje reclamado sea abonado “dentro del plazo perentorio e improrrogable que vence el 30 de septiembre de 2026”, con carácter remunerativo y bonificable. También pidió que dentro de ese mismo plazo el Gobierno informe cuáles serán las medidas adoptadas y el cronograma previsto para efectivizar el pago.
Advirtieron que podrían avanzar con denuncias penales
El documento incorpora además una advertencia sobre las medidas que podrían adoptar las federaciones si el reclamo no obtiene respuesta. Las organizaciones sostuvieron que, vencido el 30 de septiembre sin que se concrete la recomposición, avanzarán con presentaciones judiciales y pondrán el eventual incumplimiento en conocimiento del tribunal que interviene en la causa.
En ese sentido, el escrito afirma que la falta de cumplimiento podría, según la interpretación jurídica de las entidades sindicales, comprometer responsabilidades de funcionarios debidamente notificados y menciona los artículos 248, 239 y 249 del Código Penal. La eventual existencia de esas responsabilidades deberá, en su caso, ser determinada por la Justicia.
“Vencido el plazo del 30 de septiembre de 2026 sin que se haya abonado la recomposición salarial reclamada, las organizaciones firmantes formularán las denuncias penales correspondientes”, anticiparon las federaciones en la presentación. También adelantaron que podrían solicitar la individualización de los funcionarios a los que atribuyan responsabilidad y adoptar nuevas medidas de acción gremial.
De esta manera, el conflicto universitario entra en una nueva instancia con dos plazos que convergen: la intimación judicial dispuesta el 22 de septiembre y el límite fijado por los sindicatos para el próximo 30 de septiembre. El eje de la disputa continúa centrado en la implementación de la Ley 27.795 y en el nivel de recomposición de los salarios docentes y no docentes del sistema universitario nacional.








